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💶 Actualizada 2025 · Normativa AEAT

Calculadora de IVA Online Gratis

Añade o quita el IVA al 21%, 10% y 4% al instante. Incluye recargo de equivalencia, IGIC Canarias, IVA personalizado y calculadora de factura con múltiples líneas.

Introduce el precio sin IVA (base imponible) y calcula el precio final con IVA incluido.

Base imponible
Cuota IVA
Total con IVA
🏝️ ¿Estás en Canarias? En las Islas Canarias no se aplica IVA sino IGIC. Usa la pestaña de IVA Personalizado e introduce el 7% (tipo general IGIC) o el 3% (tipo reducido).

Introduce el precio con IVA incluido y obtén la base imponible y la cuota de IVA por separado.

Base imponible
Cuota IVA
Precio con IVA

Introduce cualquier tipo de IVA o impuesto indirecto (IGIC Canarias 7%, etc.).

%
Base
Impuesto
Total
💡 Tipos frecuentes: IGIC Canarias general 7% · IGIC reducido 3% · IVA Colombia 19% · IVA México 16% · IVA Portugal 23%

Recargo de equivalencia: régimen especial para comerciantes minoristas que no llevan contabilidad de IVA. Se aplica sobre la base imponible junto al IVA normal.

📌 Tipos de recargo 2025: 5,2% para IVA 21% · 1,4% para IVA 10% · 0,5% para IVA 4% · 0,5% para IVA 0%
Base imponible
Cuota IVA
Recargo equiv.
Total a pagar

Añade múltiples líneas con diferentes tipos de IVA. Ideal para autónomos y pymes al preparar facturas.

Descripción Importe (€) Tipo IVA IVA (€) Total (€)
TOTALES
Guía de tipos

¿Qué tipo de IVA corresponde a cada producto?

Consulta rápida de los tres tipos de IVA en España según la normativa AEAT vigente en 2025.

21%
IVA General
Se aplica por defecto a la mayoría de bienes
  • Ropa, calzado y complementos
  • Electrodomésticos y tecnología
  • Muebles y artículos del hogar
  • Bebidas alcohólicas
  • Servicios profesionales (consultoría, abogados…)
  • Servicios de telecomunicaciones
  • Vehículos de motor
  • Servicios de reparación en general
10%
IVA Reducido
Alimentos no básicos, ocio y servicios
  • Alimentos no básicos (zumos, snacks, embutidos…)
  • Hostelería y restauración
  • Transporte de viajeros
  • Entradas a espectáculos y eventos deportivos
  • Servicios de peluquería
  • Flores y plantas ornamentales
  • Servicios veterinarios
  • Vivienda nueva (primera entrega)
4%
IVA Superreducido
Productos de primera necesidad
  • Pan, harina, leche, queso, huevos
  • Frutas, verduras y legumbres
  • Cereales y aceite de oliva
  • Medicamentos de uso humano
  • Libros, periódicos y revistas
  • Productos ortoprotésicos
  • Prótesis e implantes médicos
  • Viviendas de protección oficial (VPO)

Tabla de referencia rápida: Importes más habituales

Base imponible IVA 21% → Total IVA 10% → Total IVA 4% → Total
Fórmulas

¿Cómo se calcula el IVA?

➕ Añadir IVA al precio base

Multiplica el precio sin IVA por (1 + tipo de IVA). El resultado es el precio final que paga el consumidor.

Total = Base × (1 + tipo/100)

Ej: 100 € × 1,21 = 121 €

➖ Quitar IVA (IVA inverso)

Divide el precio con IVA entre (1 + tipo de IVA). Útil para conocer la base imponible de una factura.

Base = Total ÷ (1 + tipo/100)

Ej: 121 € ÷ 1,21 = 100 €

📊 Cuota de IVA

La cuota es el importe del impuesto. Se calcula multiplicando la base imponible por el tipo de IVA.

Cuota = Base × tipo / 100

Ej: 100 € × 21% = 21 € de IVA

🏷️ Recargo de equivalencia

Se añade a la cuota de IVA. Solo aplica a comerciantes minoristas acogidos a este régimen especial.

Recargo = Base × recargo% / 100

Ej: 1.000 € × 5,2% = 52 € de recargo

¿Qué es el IVA y cómo funciona en España?

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en España. Es el impuesto más recaudado por Hacienda y afecta a prácticamente todas las transacciones económicas. Se denomina "indirecto" porque no lo paga directamente quien lo declara (el empresario o autónomo), sino que se traslada al consumidor final a través del precio.

¿Quién declara el IVA?

Los autónomos y empresas están obligados a declarar el IVA trimestralmente mediante el Modelo 303 (hasta el 20 de abril, julio, octubre y enero). En la declaración se calcula la diferencia entre el IVA repercutido (el que cobras a tus clientes) y el IVA soportado (el que pagas en tus compras).

¿Qué operaciones están exentas de IVA?

IGIC en Canarias: ¿qué diferencia hay?

En las Islas Canarias no se aplica el IVA peninsular sino el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). El tipo general del IGIC es del 7% (frente al 21% de IVA en la Península). También existen tipos reducidos del 3% y 0%. Ceuta y Melilla tienen su propio impuesto: el IPSI.

¿Qué es el IVA repercutido y el IVA soportado?

El IVA repercutido es el que cobras a tus clientes en tus ventas (lo recaudas tú, pero pertenece a Hacienda). El IVA soportado es el que pagas al comprar bienes o servicios para tu negocio (puedes deducirlo). La diferencia entre ambos es lo que debes ingresar o lo que Hacienda te devuelve.

Ayuda

Preguntas frecuentes sobre el IVA

¿Cuáles son los tipos de IVA en España en 2025?
En España hay tres tipos de IVA: el general del 21% (mayoría de bienes y servicios), el reducido del 10% (alimentos no básicos, hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva) y el superreducido del 4% (alimentos básicos como pan, leche, frutas, medicamentos, libros). También existe el tipo del 0% para exportaciones y entregas intracomunitarias exentas.
¿Cómo se calcula el IVA de una factura?
Para añadir IVA: multiplica la base imponible por (1 + tipo/100). Ejemplo con IVA 21%: 500 € × 1,21 = 605 €. Para quitar el IVA de un precio que ya lo incluye: divide entre (1 + tipo/100). Ejemplo: 605 € ÷ 1,21 = 500 € (base imponible). El IVA son 105 €.
¿Qué es el IVA soportado y el IVA repercutido?
El IVA repercutido es el que cobras a tus clientes al venderles productos o servicios. Debes declararlo a Hacienda. El IVA soportado es el que tú pagas al comprar bienes o servicios para tu actividad profesional. Puedes deducirlo. En el Modelo 303 declaras la diferencia: si el repercutido supera al soportado, ingresas la diferencia; si es al revés, Hacienda te devuelve o compensas.
¿Qué es el recargo de equivalencia?
El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA para comerciantes minoristas que venden al consumidor final sin transformar los productos. Con este régimen, el proveedor les cobra el IVA más el recargo, y ellos no tienen que hacer declaraciones de IVA trimestrales. Los tipos de recargo en 2025 son: 5,2% para IVA 21%, 1,4% para IVA 10% y 0,5% para IVA 4%.
¿El aceite de oliva tiene IVA al 4%?
Sí, el aceite de oliva tributa actualmente al IVA superreducido del 4%, junto con otros alimentos de primera necesidad. Sin embargo, los tipos de IVA para algunos alimentos han variado en los últimos años con medidas del Gobierno para combatir la inflación. Siempre consulta la normativa vigente de la AEAT para confirmar el tipo aplicable en el momento de la transacción.
¿Cómo sé si un precio lleva IVA incluido?
Los precios al consumidor final (en tiendas, supermercados, restaurantes) siempre incluyen IVA (precio PVP). En facturas entre empresas o autónomos, se suele mostrar la base imponible + el IVA por separado. Si no se indica explícitamente, pregunta al vendedor o mira si en la factura aparece la leyenda "IVA incluido" o si hay una línea separada de IVA.
¿Los autónomos siempre tienen que cobrar IVA?
No todos. Los autónomos con actividades exentas de IVA (médicos, psicólogos, maestros en enseñanza reglada, servicios financieros…) no repercuten IVA en sus facturas. Los autónomos en módulos o régimen de recargo de equivalencia tampoco hacen declaraciones de IVA. Para el resto, sí es obligatorio incluir el IVA en las facturas y declararlo trimestralmente.
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